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lunes, 12 de diciembre de 2011

Un modelo escandinavo de vivienda

" el modelo escandinavo de alquiler, conocido como 'andel', con las cooperativas de régimen de cesión de uso. Se trata de un procedimiento que queda a medio camino entre la propiedad y el arrendamiento...

Utilizado en países como Dinamarca, Noruega y Suecia, consiste en un modelo cooperativo según el cual la propiedad de las viviendas reside en manos de una cooperativa y en el que los socios disfrutan de un derecho de uso indefinido con un alquiler de precio reducido.
En este modelo las viviendas no pueden ser ni vendidas ni alquiladas, tan sólo se puede transmitir el derecho a uso. Una de sus ventajas es que se paga un derecho de uso cuyo importe es muy inferior a un alquiler o a una hipoteca... "

martes, 18 de octubre de 2011

"Miedo en el mercado inmobiliario"

"santander habría recibido dos propuestas de firmas de capital riesgo para comprar sus activos inmobiliarios. se trataría de un paquete mixto de inmuebles y suelo y cuya valoración interna sería de unos 3.000 millones de euros. las ofertas recibidas y que se están negociando supondrían un descuento sobre esa valoración superior al 50%. en el mercado hay miedo por el impacto que pueda tener esta macro operación en los precios inmobiliarios...
que "Santander ha optado por ponerse en posición de liquidez, aun cuando la misma le genere pérdidas a corto plazo. y esto solo puede ser debido a que su estimación para el 2012 y el 2013 se aproxima a la de anni horribiles"
Miedo en el mercado inmobiliario por el precio al que santander podría cerrar su liquidación de inmuebles

Relacionado: La banca acepta quitas en las hipotecas de promotores y particulares para "comerse" menos pisos

viernes, 23 de septiembre de 2011

"El ministro de Justicia, Francisco Caamaño, presentó hoy el futuro portal de subastas judiciales en la Red, en el que saldrán a la venta inmuebles embargados por la banca en un proceso de ejecución hipotecaria...
Esta web permite pujar por viviendas coches, maquinaria y otros bienes desde cualquier punto de España o del extranjero. No obstante, el 77 por ciento de los bienes que los juzgados sacan a subastas son inmuebles, mientras que otro 12 por ciento son vehículos. El procedimiento que se ha probado no elimina las subastas presenciales, sino que este método será complementado por la posibilidad de que cualquier persona puje a través de Internet por un bien embargado..."

El Gobierno subastará por Internet las casas embargadas por la banca

martes, 20 de septiembre de 2011

Arrendamientos:¿quién tiene que pagar qué reparación?

"El objeto de este artículo es el estudio de las reparaciones en las viviendas arrendadas con posterioridad al 1 de Enero de 1995 como vivienda habitual. Las mismas son objeto de regulación en el artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994. Por lo tanto es preciso delimitar tres tipos de reparaciones: necesarias, urgentes y pequeñas reparaciones.

A) Reparaciones necesarias: Se pueden definir como gastos que no generan mejora, sino que son inversiones imprescindibles destinadas a mantener o reparar la vivienda a fin de que cumpla su utilidad, evitándose con ello su deterioro, pérdida o destrucción. (entre otras, SAP Vizcaya de 31 de mayo de 2000 )...
B) Reparaciones urgentes. Los requisitos que suelen atribuirse a esta clase de obras son las siguientes: que sean obras necesarias, que tengan cierta importancia, que el daño o la incomodidad no sean imputables al arrendatario, que la urgencia sea verdadera y objetiva, o que el daño o la incomodidad puedan ser tanto del interior como del exterior de la vivienda o afectar a los elementos comunes del edificio...
 C) Pequeñas reparaciones: Serían los gastos ordinarios producidos por el desgaste que genera el uso ordinario de la vivienda. Se trata de reparaciones que, a diferencia de las necesarias, no son indispensables para que la vivienda siga cumpliendo su condición de habitabilidad. En cuanto al desgaste por el uso debo destacar la Sentencia de la Audiencia Provincial de Vizcaya de 10 de Marzo de 2009, la cual establece: “todas las cosas, salvo que se les preste especial cuidado y mantenimiento, se deterioran con el paso del tiempo y agotan su vida útil, siendo su cambio y adaptación una consecuencia lógica, no imputable al arrendatario a quien no se le puede repercutir; debe devolverse la cosa como se recibió pero con el lógico deterioro del uso.”..."

 Dime qué reparación necesitas y te diré a quién le toca pagarla
Relacionado: Al final del artículo se pueden ver:
 Quién paga tu reparación
Quién paga las reparaciones en un piso alquilado
Quién paga las reparaciones en un piso en alquiler
A quién le toca pagar los parches en casa
Las claves para saber quién tiene que pagar las reparaciones en un piso en alquiler

viernes, 9 de septiembre de 2011

12 lamentaciones de los compradores de viviendas

"1) debería haber pedido al vendedor más reparaciones antes de que me entregase la casa, pensé que estaba mejor

2) debería haber instado a la inmobiliaria a que "apretara" más el precio, pero me daba vergüenza

3) debería haber visitado el vecindario a diferentes horas del día (mañana, tarde y noche) para darme cuenta de que tenía poca luz o de que era muy solitario

4) debería haber esperado a tener el 20% del precio ahorrado o haber comprado una casa más barata porque la hipoteca por el 100% me está costando demasiado dinero

5) ojalá hubiera visitado la casa con expertos (fontaneros, electricistas, etc.), me habría dado cuenta de que dichas instalaciones necesitaban una mejora urgente

6) debería haber comprado una vivienda más barata y dejar dinero para reformarla a mi gusto

7) tendría que haber simulado lo que tardaría al trabajo realmente en hora punta y no fiarme de las estimaciones del dueño

8) debería haber pedido a un arquitecto un proyecto de renovación en vez de calcularlo a ojo

9) debería haber visitado la casa con una cinta métrica para darme cuenta de que mi cama grande no cabía por las escaleras o en la habitación sólo me cabe una mesilla

10) no tendría que haber pagado dinero negro por mi vivienda que ahora no me puedo desgravar

11) no debería haberme creído que la azotea era para mi uso y disfrute como decía el dueño pese a no estar escriturada en mi ático

12) debería haber pensado en que 5 años después podría crecer mi familia, no cabemos en nuestro estudio que compramos hace unos años
"

12 lamentaciones de los compradores de vivienda de las que se puede aprender